miércoles, 3 de diciembre de 2008

LA CURVA DE DIÓGENES

Diógenes de Sinope, es un filósofo griego de la escuela Cínica que viene desde el siglo IV a.C. a colaborar con nosotros, aportando la visión más ácida de los temas más controvertidos. No quiere instruir, sino despertar conciencias e invitar a la reflexión: A uno que le reprochó: «Te dedicas a la filosofía y nada sabes», le respondió: «Aspiro a saber, y eso es justamente la filosofía.»



PROTEGER LA TRAMPA

Estaba navegando por la web de la RFEA cuando me topé con una nota de prensa cuyo título animaba a husmear en ella: Circular 220/2008 - Relación de atletas sancionados
En un escueto párrafo dice lo siguiente:

PARA CONOCIMIENTO GENERAL
RELACION DE ATLETAS SANCIONADOS

En cumplimiento de la legislación en materia de protección de datos de carácter personal, la relación de atletas sancionados con la prohibición para competir será publicada en intranet de la RFEA siendo el acceso a la citada información restringido con clave, a efectos de la aplicación del artículo 22.1.b) del Reglamento de Competición de la IAAF. El citado soporte informativo se encuentra actualmente en proceso de implementación, no estando operativo hasta que se comunique mediante nueva Circular. Con carácter previo se habrá obtenido el consentimiento de los atletas para su inclusión en la citada relación.

Parece ser que la vigente Ley de Protección de Datos , impide hacer públicos, en la página web de la Federación, los nombres de aquellos atletas que de forma firme, han sido suspendidos y apartados de la competición y el motivo por el que han sido sancionados.
Me parece bien que se respete esta ley, me parece lógico que la Federación Española evite ser multada por saltársela, pero todo este asunto y la manera de redactar esta circular, hace que quiera plantear algunas preguntas que quizá alguno de vosotros me ayude a resolver:

1) Está bien respetar el derecho del akathartos y no se trata de hacer listas negras, ni marcar a la gente, pero ¿qué pasa con el derecho a saber del katharós? Derecho a saber quién hace trampa, quién comete fraude, quién ha engañado poniendo en riesgo su salud y ha estado privando a otros de realizar un mejor puesto, de acceder a una beca, de acudir a un campeonato...

2)¿Quién tendrá acceso a este área del Intranet? y ¿bajo qué criterios se va a conceder acceso a él?

3)¿Habrá alguien que vaya a dar su consentimiento para aparecer en la lista? Lo dudo. Por tanto será un espacio vacío, y así no habrá que dar claves y mucho mejor, no habrá que gastar dinero público en el mencionado "proceso de implementación" del intranet. Ahora se va entendiendo mejor el párrafo...

4)Los organizadores de carreras, ¿tendrán acceso a este listado?¿Cómo van a prohibir la participación de un atleta sancionado si no conocen sus nombres?

Seguro que a vosotros, mentes jóvenes, se os ocurrirían muchas más preguntas, pero yo ya estoy mayor y tengo que guardar fuerzas para otros comentarios desde mi privilegiada curva, que es dónde mejor se ven las carreras. Por suerte, amigos Katharós, no estáis tan desprotegidos y podréis comprobar que otros organismos no afectados por esta ley (IAAF) sí pueden publicar la relación de atletas sancionados.

¡¡Hasta Pronto!! ¡Γειά σας!

2 comentarios:

davidiego dijo...

ya puestos a proteger, que las muestras sean anónimas.

Hoy he aprendido dos palabras, practicaré con el Γιαούρτια .

Χάρη

Rubén dijo...

Muy interesante, todo está construido para que las instituciones manejen a su antojo.
Por desgracia, esto nunca cambiara.